A- de 2025
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Luz Aurora Moreno Gonzalez·Demandado Medinsumos Del Llano Limitada
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 1 Civil Municipal de Yopal y el Juzgado 64 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.
Con base en el criterio a prevención la Corte decidió respetar la elección del actor y dispuso enviar el expediente al Juzgado 64 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo que corresponda.
Al otro operador jurídico involucrado se le recordó que, siempre que esté frente a un conflicto de competencia en materia de tutela, debe ser resuelto por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, en lugar de remitirlo a la Corte Constitucional, para lo cual se deben observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de este Tribunal, expuestas en el Auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 28 de abril de 2025 proferido por el Juzgado 064 Penal con Función de Control de Garantías de Bogotá dentro del trámite de la acción de tutela presentada por Luz Aurora Moreno González contra Medinsumos del Llano Limitada.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5002 al Juzgado 064 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá para que, de manera inmediata, tramite y adopte una decisión de fondo en el presente asunto.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 001 Civil Municipal de Yopal, en el sentido de que siempre que esté frente a un conflicto de competencia en materia de tutela, debe ser resuelto por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, en lugar de remitirlo a la Corte Constitucional, para lo cual se deben observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de este Tribunal, expuestas en el Auto 550 de 2018.
- CUARTO. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la presente decisión a la accionante, al Juzgado 064 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá y al Juzgado 001 Civil Municipal de Yopal.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.